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Carta de Hacienda sobre Criptomonedas: Qué Hacer y Cómo Responder

Carta de Hacienda sobre Criptomonedas: Qué Hacer y Cómo Responder

8 min
Equipo DeclararCrypto

Carta de Hacienda sobre Criptomonedas: Qué Hacer y Cómo Responder

Recibir una carta de Hacienda sobre criptomonedas genera estrés inmediato, y es completamente comprensible. Ahora bien, no todas las notificaciones de la AEAT sobre tus activos digitales significan lo mismo ni requieren la misma respuesta. Entender qué tipo de comunicación has recibido —un aviso informativo, un requerimiento formal o una propuesta de liquidación— es el primer paso para actuar correctamente y proteger tu situación fiscal ante la Agencia Tributaria.

Tipos de Cartas que Envía Hacienda sobre Criptomonedas

La Agencia Tributaria Española (AEAT) envía diferentes tipos de notificaciones relacionadas con criptomonedas y bitcoin. Cada una tiene un propósito, una urgencia y unas implicaciones legales distintas. Confundir una carta informativa con un requerimiento de información puede costarte caro, y ese error es más frecuente de lo que parece.

Carta Informativa Preventiva (Aviso Hacienda Criptomonedas)

Este es el tipo de notificación menos grave. La AEAT envía una carta informativa cuando ha detectado movimientos criptográficos en tu patrimonio o en tus declaraciones y quiere que revises tu situación fiscal de manera voluntaria.

Características principales:

  • No incluye sanción
  • Es preventiva y orientativa
  • Te da tiempo para revisar tus declaraciones
  • No exige respuesta obligatoria, aunque actuar es recomendable

Estas cartas suelen llegar cuando la Administración detecta que has omitido ingresos por compraventa de criptomonedas, o que no has declarado correctamente las ganancias patrimoniales. El objetivo es darte una oportunidad de regularizar tu situación antes de que el asunto escale.

Propuesta de Liquidación Provisional

Cuando la AEAT ha analizado tu caso y ha llegado a conclusiones específicas sobre lo que debes pagar, emite una propuesta de liquidación provisional. Este documento es considerablemente más serio que un aviso informativo.

Lo que significa:

  • La Administración ya ha examinado tus operaciones
  • Te comunica cuánto estima que debes en impuestos
  • Incluye cálculos de intereses de demora
  • Aún no es una liquidación definitiva, pero está muy cerca

En esta fase tienes derecho a presentar alegaciones: puedes argumentar por qué los cálculos de Hacienda son incorrectos, aportando pruebas documentales.

Requerimiento Hacienda Crypto: Qué Significa y Cómo Responder

Un requerimiento de información exige atender lo solicitado dentro del plazo que figure en la propia notificación.

Qué debes saber:

  • Es obligatorio responder
  • No responder puede constituir un incumplimiento adicional
  • Comprueba en el documento si cabe solicitar ampliación y bajo qué condiciones
  • Debe responderse por escrito y con documentación acreditativa

Estos requerimientos suelen incluir preguntas sobre fechas de compra y venta, plataformas utilizadas, monederos involucrados y justificante de fondos. Es el momento de tener toda tu documentación en orden.

Inicio de Procedimiento Sancionador

Este es el tipo más grave de notificación. Cuando recibes un escrito de inicio de procedimiento sancionador, la AEAT ha determinado que cometiste una infracción tributaria y está formalizando el proceso para imponerte una multa.

Implicaciones:

  • Ya hay una sanción en proceso
  • Debes responder dentro del plazo legal
  • Tienes derecho a presentar alegaciones
  • Necesitas asesoramiento legal especializado con carácter urgente

La cuantía y las reducciones dependen del tipo de infracción, la base de la sanción, la calificación y la conducta del obligado. No debe aplicarse un porcentaje genérico sin revisar el acuerdo.

Qué información puede tener la AEAT y cuándo opera DAC8

Los modelos 172 y 173 obligan a determinados prestadores residentes en España o con establecimiento permanente a informar sobre saldos y operaciones. DAC8 amplía la cooperación europea: los proveedores sujetos comienzan a recopilar información de operaciones desde el 1 de enero de 2026 y el primer reporte debe realizarse en 2027.

Qué reportan los exchanges a Hacienda:

  • Identidad del cliente
  • Fechas de transacción
  • Tipos de criptomonedas operadas
  • Importes en euros
  • Tipo de operación (compra, venta, transferencia)

No puede concluirse solo por la marca o por una autorización MiCA que la AEAT ya tenga un registro concreto. El alcance depende de la entidad que presta el servicio, su jurisdicción y la obligación informativa aplicable.

Qué Hacer Cuando Recibes una Carta de Hacienda sobre Criptomonedas

El procedimiento correcto depende del tipo de notificación recibida. La tabla siguiente resume las acciones recomendadas según cada caso:

Tipo de cartaPlazo de respuestaAcción recomendadaUrgencia
Carta informativa (aviso)No obligatorioRevisar declaraciones; responder voluntariamenteMedia
Propuesta de liquidaciónEl indicado en el documentoRevisar y, si procede, alegar con documentaciónAlta
Requerimiento de informaciónEl indicado en el documentoResponder a lo solicitado con evidenciaMuy alta
Procedimiento sancionadorEl indicado en el documentoRevisar hechos, calificación y reduccionesCrítica

Paso 1: Lee la Carta Completa

Parece obvio, pero muchas personas entran en pánico y no leen el documento con atención. Es el error más habitual, y también el más evitable. Identifica claramente:

  • El tipo de notificación
  • El plazo de respuesta
  • Qué información o acción te solicitan
  • Dónde y cómo debes responder

Paso 2: Reúne tu Documentación de Operaciones

Antes de hacer cualquier cosa, recopila toda la información sobre tus operaciones criptográficas:

  • Extractos de tus cuentas en exchanges
  • Historial completo de transacciones exportado desde cada plataforma
  • Comprobantes de depósitos y retiradas
  • Documentación sobre el origen de los fondos

Paso 3: Consulta con un Asesor Fiscal Especializado en Cripto

Ante una propuesta de liquidación, un procedimiento sancionador o hechos complejos puede ser prudente obtener asesoramiento profesional. Un asesor puede:

  • Detectar si la AEAT ha cometido errores en sus cálculos
  • Identificar qué información es obligatorio proporcionar y cuál no
  • Redactar respuestas que protejan tu posición legal
  • Representarte en procedimientos posteriores

Comprueba tanto los datos de la Administración como los tuyos: permutas, staking y airdrops pueden requerir clasificación y valoración específica.

Paso 4: Responde Siempre en Plazo

Independientemente de tu estrategia, responde dentro del plazo legal. No responder agrava tu situación y puede derivar en sanciones adicionales por incumplimiento formal.

Errores Comunes al Recibir un Aviso de Hacienda por Criptomonedas

No responder a un requerimiento de información. Ignorar estas notificaciones no hace que desaparezcan. Genera sanciones adicionales automáticas y aumenta la desconfianza de la AEAT hacia tu expediente.

Facilitar información falsa o incompleta. Si la AEAT detecta inconsistencias entre lo que declaras y los datos que recibe de los exchanges, tu situación empeora de forma significativa.

Admitir una infracción sin asesoramiento previo. Antes de reconocer cualquier error en tus declaraciones, consulta con un profesional. En muchos casos existen argumentos legales que reducen la responsabilidad o la cuantía de la sanción.

Confundir un aviso con spam. Las notificaciones de la AEAT son documentos legales y vinculantes. Verificar su autenticidad es importante, pero ignorarlas nunca es una opción válida.

Cómo Evitar Futuras Cartas de Hacienda por Bitcoin y Criptomonedas

La mejor prevención es conservar registros y aplicar el criterio fiscal vigente. DAC8 se aplica desde 2026, no desde 2024.

Clasifica las operaciones: Comprar o transferir entre wallets propias no genera por sí solo una ganancia. Ventas y permutas sí pueden producir ganancias o pérdidas patrimoniales.

Mantén registros detallados: Conserva los extractos durante el plazo legal aplicable y mientras puedan ser necesarios para justificar costes de adquisición de activos que sigan en cartera.

Comprueba la documentación disponible: Una autorización regulatoria no garantiza que el historial exportado sea fiscalmente completo.

Declara el origen de los fondos: Si realizas depósitos significativos en exchanges, asegúrate de que el origen de esos fondos es claro y justificable. Esto evita sospechas de blanqueo de capitales o enriquecimiento injustificado.

Actúa Ahora, No Después

Si has recibido una notificación, verifica su autenticidad, identifica el procedimiento y responde dentro del plazo indicado. Si detectas errores en ejercicios anteriores, analiza antes de actuar si procede una rectificación, una autoliquidación complementaria u otra vía y qué efectos tiene la existencia de un requerimiento previo.

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Fuentes oficiales

Preguntas frecuentes

¿Por qué me ha escrito Hacienda sobre mis criptomonedas?
La notificación debe explicar su motivo y alcance. La AEAT puede disponer de información propia, de determinados prestadores sujetos a los modelos 172/173 o de mecanismos de cooperación. DAC8 recoge operaciones desde 2026 y su primer reporte vence en 2027.
¿Qué diferencia hay entre un aviso informativo y un requerimiento de Hacienda?
Un aviso informativo y un requerimiento formal no producen los mismos efectos. Lee el documento y su pie de recursos: el plazo, la forma de respuesta y las consecuencias son los que consten en la notificación concreta.
¿Qué hago si la carta de Hacienda dice que no declaré cripto?
No ignores la carta. Comprueba su autenticidad en la sede de la AEAT, identifica el procedimiento y el plazo, reúne los registros relacionados y valora asesoramiento profesional antes de presentar una rectificación, alegación o documentación.
¿Cuánto me puede sancionar Hacienda por no declarar criptomonedas?
Depende del incumplimiento y del procedimiento. Sin requerimiento previo, el artículo 27 LGT prevé recargos crecientes y un 15% después de 12 meses, además de intereses desde ese momento. Con requerimiento pueden existir intereses y sanciones, pero no deben calcularse sin revisar el expediente.
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